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Habilitaciones profesionales

FAQs

Cuestiones generales sobre las Habilitaciones anejas profesionales

¿Qué puedo hacer con las Habilitaciones profesionales?

Estas habilitaciones van dirigidas a todos los Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate, para que puedan ejercer y por tanto, estar habilitados para poder realizar servicios públicos mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente actualmente.

Para los titulados PER, Patrones de Yate y Capitanes de Yate, podrán realizar los siguientes servicios públicos:

  1.  Realizar pruebas de mar de motos náuticas y embarcaciones de recreo.
  2.  Realizar trabajos de fondeo, desplazamiento y remolque de embarcaciones y atraque.
  3.  Realizar transporte de suministros o avituallamientos de víveres con embarcaciones de recreo a otras embarcaciones de recreo, siempre que éstos desplazamientos no superen las cinco millas máximas desde el puerto, marina o playa de salida y estos desplazamientos se han de realizar en aguas interiores marítimas y del mar territorial español.
  4.  Gobernar embarcaciones que se vayan a destinar a uso de socorrismo en playas.

Para los titulados Patrones de Yate y Capitanes de Yate, podrán realizar a más, los siguientes servicios públicos:

  1. Pueden patronear las embarcaciones de recreo para las que estén facultados y transportar hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro las aguas interiores marítimas y del mar territorial español, hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, marina o playa de salida. La habilitación los facultará para poder realizar las actividades de prestación de servicio público a que se refiere el artículo anterior en embarcaciones de recreo para las que tengan facultado su gobierno, incluidas aquellas matriculadas en la lista 6.ª (Embarcaciones de recreo con actividad comercial), y siempre respetando a las condiciones de seguridad que sean exigibles a la navegación.

¿Cómo puedo obtener las Habilitaciones anejas?

La Legislación Española establece que podemos obtener las habilitaciones anejas, cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Tener atribuciones complementarias en el caso de la vela.
  2.  Realizar un curso profesional de Formación Básica en Seguridad Marítima.

¿Es necesario superar un examen?

No. Sólamente has de cumplir los requisitos del apartado anterior

¿Dónde puedo realizar los requisitos exigibles?

– Puedes realizar a bordo de nuestra embarcación la habilitación a vela en una sesión de 16 horas, o en dos de 8 horas.

– Puedes realizar el curso profesional de Formación Básica de Seguridad Marítima con nuestra Escuela concertada, teniendo la posibilidad de realizarlo en el domicilio de nuestra Escuela.

¿Cómo puedo tramitar estas Habilitaciones profesionales?

En nuestra Escuela te informamos y ayudamos para que puedas realizar los trámites personalmente y sin coste económico, salvo las tasas establecidas por Marina Mercante.

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