Esta habilitación va dirigida a todos los Patrones de Navegación Básica (PNB), Patrones de Embarcaciones de Recreo (PER), Patrones de Yate (PY) y Capitanes de Yate (CY), para que puedan navegar a vela con las embarcaciones para las cuales tienen capacidad de ejercer mando, y por tanto, estar habilitados para poder realizar las navegaciones dentro de las limitaciones establecidas en cada Título.
La Legislación Española establece que podemos obtener la habilitación a vela, realizando unas prácticas de navegación en régimen de singladura con una duración mínima de 16 horas.
Dichas prácticas las realizarás en nuestra magnífica embarcación, un velero de 43 pies con el que podrás realizar las prácticas con total seguridad y comodidad dadas sus dimensiones.
No. Solamente has de realizar las prácticas.
Los únicos requisitos son el deber de puntualidad a las prácticas, aceptar las normas de nuestra Escuela para la impartición de las prácticas y el deber de participación activa durante la totalidad de las prácticas siendo receptivo a la formación.
Si. Estas prácticas que te habilitan para navegar a vela, las puedes realizar en cualquiera de los Títulos de recreo y son válidas para todos. Es decir, si eres poseedor del Título PER y realizas esta habilitación, no será necesario que las repitas para otros Títulos, ya que serán válidas para todos.