Cuestiones generales sobre las prácticas de Habilitación a vela
¿Qué puedo hacer con la Habilitación a vela?
Esta habilitación va dirigida a todos los Patrones de Navegación Básica (PNB), Patrones de Embarcaciones de Recreo (PER), Patrones de Yate (PY) y Capitanes de Yate (CY), para que puedan navegar a vela con las embarcaciones para las cuales tienen capacidad de ejercer mando, y por tanto, estar habilitados para poder realizar las navegaciones dentro de las limitaciones establecidas en cada Título.
¿Cómo puedo obtener la Habilitación a vela?
La Legislación Española establece que podemos obtener la habilitación a vela, realizando unas prácticas de navegación en régimen de singladura con una duración mínima de 16 horas.
Dichas prácticas las realizarás en nuestra magnífica embarcación, un velero de 43 pies con el que podrás realizar las prácticas con total seguridad y comodidad dadas sus dimensiones.
¿Es necesario superar un examen?
No. Solamente has de realizar las prácticas.
Los únicos requisitos son el deber de puntualidad a las prácticas, aceptar las normas de nuestra Escuela para la impartición de las prácticas y el deber de participación activa durante la totalidad de las prácticas siendo receptivo a la formación.
¿Es compatible esta habilitación en todos los Títulos de recreo?
Si. Estas prácticas que te habilitan para navegar a vela, las puedes realizar en cualquiera de los Títulos de recreo y son válidas para todos. Es decir, si eres poseedor del Título PER y realizas esta habilitación, no será necesario que las repitas para otros Títulos, ya que serán válidas para todos.
¿Cómo puedo contactar para realizar las prácticas?
Cuando reserva con una cuenta, podrá realizar un seguimiento de su estado de pago, realizar un seguimiento de la confirmación y también podrá calificar el recorrido una vez finalizado el mismo.