Esta ampliación va dirigida a todos los Patrones de Embarcaciones de Recreo (PER) para las embarcaciones para las cuales tienen capacidad de ejercer mando, y por tanto, estarán habilitados para poder realizar las navegaciones dentro de las limitaciones establecidas en cada Título, aumentado la eslora de las embarcaciones hasta los 24 metros y para poder realizar navegaciones entre la Península y las Islas Baleares, o entre islas tanto del Archipiélago Canario, como del Archipiélago Balear.
La Legislación Española establece que podemos obtener la ampliación de atribuciones, realizando unas prácticas de navegación en régimen de travesía con una duración mínima de 24 horas.
Dichas prácticas las realizarás en nuestra magnífica embarcación, un velero de 43 pies con el que podrás realizar las prácticas con total seguridad y comodidad dadas sus dimensiones.
No. Solamente has de realizar las prácticas.
Los únicos requisitos son el deber de puntualidad a las prácticas, aceptar las normas de nuestra Escuela para la impartición de las prácticas y el deber de participación activa durante la totalidad de las prácticas siendo receptivo a la formación.
No. Estas prácticas solamente habilitan a los Patrones de Embarcaciones de Recreo ( PER ) para poder navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y entre la Península y las Islas Baleares.